Recursos · Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Guías, preguntas frecuentes y glosario para no residentes que tratan con la fiscalidad española.
IRNR / Modelo 210
¿Quién debe presentar el modelo 210?
Todo no residente con inmueble en España o con rentas de origen español (alquiler, dividendos, intereses) presenta el modelo 210. No hay umbral mínimo — la obligación nace desde el primer euro. Anual para imputación por inmueble propio; trimestral para alquiler efectivo.
¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 210?
31 de diciembre del año siguiente para imputación de rentas. Los trimestrales por alquiler vencen el día 20 del mes siguiente al cierre del trimestre (20 abril, 20 julio, 20 octubre, 20 enero).
¿Cuál es el tipo IRNR para residentes UE y no UE?
19 % plano para residentes UE/EEE (con deducción plena de gastos por alquiler). 24 % plano para no UE incluido Reino Unido post-Brexit (sin deducción de gastos — se grava el bruto). Aplica igual a imputación y a alquiler efectivo.
¿Cómo se calcula la imputación de rentas?
1,1 % del valor catastral si se revisó después de 1994; 2 % en otro caso. Multiplica por el porcentaje de titularidad y los días de disposición en el año. Sobre esa base se aplica el tipo (19 % o 24 %).
¿Qué gastos de alquiler son deducibles?
Sólo para residentes UE/EEE: intereses hipotecarios, reparaciones y conservación, amortización (3 % anual del valor de construcción), gastos de comunidad, IBI, seguros, comisiones de agente, suministros pagados por el arrendador y deudas incobrables. Los no UE (incluido UK) no pueden deducir ninguno — el bruto tributa al 24 %.
¿Qué sanción hay por no presentar el modelo 210?
Hacienda puede levantar liquidación paralela en plazo de 4 años (prescripción general) e imponer intereses más sanción del 50-150 % según califique la omisión como leve, grave o muy grave. La presentación extemporánea espontánea (sin requerimiento previo) sólo lleva recargo del 1 %/mes hasta 12 meses — mucho más barato que esperar a ser descubierto.
¿Necesito representante fiscal en España?
Obligatorio sólo cuando tienes establecimiento permanente o AEAT lo exige expresamente. Muy recomendado en el resto de casos — la AEAT notifica a dirección española en español y las notificaciones perdidas generan sanciones automáticas. Asumimos el rol por 149 €/año y te reenviamos cada notificación.
NIE e inmigración
¿Cómo obtengo un NIE?
Solicítalo con el formulario EX-15 + tasa 9,96 € (modelo 790 código 012) en cualquier Oficina de Extranjería o vía consulado español en tu país. Ciudadanos UE obtienen NIE comunitario; los terceros países necesitan documentación adicional (apostilla del pasaporte, justificación del motivo, prueba de medios económicos en algunos casos).
¿Cuánto tarda el NIE?
Ciudadanos UE: típicamente 1-3 semanas tras conseguir cita previa. No UE: 4-12 semanas según país y carga del consulado (UK 4-6, USA 6-8, Rusia/India 8-12). La espera de cita previa es el cuello de botella principal — pídela antes que cualquier otro paso.
¿Cuál es la diferencia entre NIE, TIE y residencia?
El NIE es un número de identificación para fines fiscales/legales (sin derecho de residencia). El TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es la tarjeta física de residencia para no UE. La residencia es el derecho legal a vivir en España — concedido automáticamente a UE y a no UE vía visados específicos (trabajo, familia, no lucrativo, golden visa, nómada digital).
Sucesiones (ISD)
¿Cuánto tiempo tengo para presentar la declaración de sucesiones?
6 meses desde la fecha de fallecimiento, prorrogables una vez 6 meses más si se solicita antes del vencimiento original. Se presenta vía modelo 650 en la CCAA donde residía el causante (o donde está el inmueble, para causantes no residentes).
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en España?
Depende por completo de la comunidad. La Comunitat Valenciana bonifica el 99 % de la cuota a los grupos I y II —art. 12 bis de la Ley 13/1997, en la redacción de la Ley 6/2023, para fallecimientos desde el 28 de mayo de 2023— y la Región de Murcia tiene su propia deducción del 99 % (art. 3.Cinco del DLeg 1/2010). Madrid y Andalucía están también en el 99 %. El resto tiene escalas y beneficios propios que cambian según el grupo de parentesco: nosotros damos cifra de las dos comunidades en las que trabajamos y el resto lo miramos caso a caso. La tarifa estatal es la misma en toda España; la variable es lo que cada comunidad hace con ella.
Soy heredero no residente. ¿Qué bonificación CCAA aplica?
Tras la sentencia del TJUE de 3 de septiembre de 2014 y la Ley 26/2014, el heredero no residente aplica la normativa de la comunidad donde esté el bien de mayor valor en España. Y desde que la Ley 11/2021 reescribió la disposición adicional segunda de la LISD, eso ya no se limita a la UE y al EEE: los herederos residentes en terceros países aplican también la normativa autonómica, que es lo que el Tribunal Supremo venía resolviendo. Un heredero británico o ruso de un piso en Torrevieja tiene, por tanto, la bonificación valenciana del 99 %, no la tarifa estatal desnuda.
¿Qué reducción aplica en sucesiones por vivienda habitual?
La regla estatal es una reducción del 95 % sobre la vivienda habitual del causante (art. 20.2.c de la LISD), con tope de 122.606,47 € por heredero y permanencia de diez años. Donde la comunidad regula la suya, la autonómica sustituye a la estatal: en la Comunitat Valenciana el tope es de 150.000 € por sujeto pasivo y la permanencia de cinco años (art. 10.Uno.c de la Ley 13/1997), mientras que la Región de Murcia se queda con las cifras estatales. Comprueba cuál te aplica antes de dar por buenos los 122.606,47 €.
Compraventa
¿Cuál es el tipo de ITP al comprar vivienda usada?
Madrid 6 %, Comunidad Valenciana 9 % (11 % sobre todo el valor si supera 1 M€; devengos desde 1-jun-2026, Ley 5/2025 GVA), Cataluña 10 %, Andalucía 7 %, Galicia 8-10 % según precio, País Vasco 4 %. Cada CCAA ofrece reducciones por primera vivienda, familia numerosa, jóvenes, etc. — pueden bajar el tipo efectivo 2-5 puntos.
¿Pago IVA o ITP en la compra de un inmueble?
IVA + AJD en vivienda nueva (primera transmisión del promotor). ITP en vivienda usada (todas las transmisiones siguientes). El impuesto lo paga el comprador en ambos casos. El IVA residencial es 10 %, el AJD 1-1,5 % según CCAA (1,4 % en la Comunidad Valenciana para devengos desde 1-jun-2026, Ley 5/2025 GVA).
¿Pago plusvalía municipal si he vendido con pérdida?
No — la STC 182/2021 invalidó la obligación de pagar plusvalía municipal cuando no hay ganancia real. Tras 2021 el contribuyente puede optar entre método objetivo (coeficiente × valor catastral) y real (precio venta − precio compra), y paga el menor. Si hay pérdida real, la cuota es cero.
¿Qué es la retención del 3 % al vender un no residente?
Cuando un no residente vende inmueble español, el comprador debe retener el 3 % del precio de venta y pagarlo directamente a AEAT vía modelo 211 en 1 mes. Es retención a cuenta de la ganancia patrimonial del vendedor (modelo 210), no impuesto autónomo. Si la ganancia está por debajo de la retención, el vendedor reclama devolución.
Autónomo
¿Cuánto es la cuota mensual de Seguridad Social para autónomos?
Tarifa plana 80 €/mes el primer año si calificas (primera alta como autónomo, sin alta previa en 2 años). Tras el año 1 la cuota escala por tramo de rendimientos netos — cuota típica segundo año 230-320 €/mes. Domiciliación mensual en tu cuenta bancaria española.
¿Qué declaraciones trimestrales tiene un autónomo?
Modelo 130 (IRPF — 20 % del rendimiento neto) y modelo 303 (IVA repercutido menos soportado), ambos hasta el día 20 del mes siguiente al cierre trimestral. Más modelo 100 anual (abril-junio) consolidando el año. Algunos sectores (sanidad, educación, financiero) están exentos de IVA y no presentan el 303.
Fiscal general
¿Cuándo soy residente fiscal español?
Eres residente fiscal español si se cumple cualquiera de tres tests: (1) pasas >183 días en España en año natural (las ausencias esporádicas cuentan como presencia salvo que pruebes residencia fiscal en otro estado), (2) tu centro principal de intereses económicos está en España, o (3) tu cónyuge e hijos menores residen habitualmente en España. Como residente debes IRPF sobre renta mundial, no sólo de origen español.
¿Qué es la Ley Beckham y quién se beneficia?
Régimen especial del art. 93 IRPF — nuevos residentes pueden optar por tipo plano del 24 % sobre rentas de origen español hasta 600 000 € (47 % por encima) durante 5 años en lugar de la progresiva ordinaria. Originalmente para deportistas; la Ley 28/2022 lo extendió a teletrabajadores y profesionales cualificados. Especialmente atractivo para rentas altas que se mudan a España.
¿Cuándo debo presentar el modelo 720?
Obligatorio para residentes fiscales en España cuando los activos extranjeros superan 50 000 € en alguna de tres categorías (cuentas bancarias, valores cotizados/fondos, inmueble) al cierre o durante el año. Plazo anual: 31 de marzo. La sentencia TJUE 2022 anuló las sanciones desproporcionadas, pero la obligación de presentar permanece; las sanciones actuales son las ordinarias de declaraciones informativas.
¿Cómo funciona el crédito por doble imposición?
España (o el país firmante) da crédito por el impuesto extranjero efectivamente pagado, limitado al español que habría procedido sobre la misma renta. Acabas pagando el mayor de los dos sistemas, nunca más. El crédito exige documentación: certificado fiscal extranjero + línea de renta correspondiente + justificante de pago. Sin papeles, el crédito se deniega.
¿Cuándo debo el impuesto sobre el patrimonio (modelo 714)?
Residente: patrimonio neto mundial >700 000 € (mínimo estatal, CCAAs pueden modular) más exención de 300 000 € por vivienda habitual. No residente: mismo umbral 700 000 € pero aplicado sólo a activos en España. Algunas CCAAs (Madrid, Andalucía) bonifican el patrimonio al 100 % efectivo, así que residentes ahí no pagan ni con patrimonio alto.
¿Cuál es la diferencia entre IRPF e IRNR?
El IRPF grava a residentes sobre renta mundial con tramos progresivos (19-47 %+, variable según CCAA). El IRNR grava a no residentes sobre rentas de origen español a tipos planos (19 % UE/EEE, 24 % no UE). Son mutuamente excluyentes — eres residente (IRPF) o no residente (IRNR) en un año fiscal, nunca ambos.
¿Puedo pagar a Hacienda desde una cuenta extranjera?
Sí vía adeudo SEPA si tu banco extranjero está en zona SEPA (UE + EEE + UK + Suiza). Fuera SEPA necesitas cuenta española o pagar vía cuenta del representante fiscal. La transferencia SWIFT manual es técnicamente posible pero AEAT la desaconseja (liquidación más lenta, ocasionales problemas de imputación).
¿Cuál es la diferencia entre certificado digital y Cl@ve?
Ambos son métodos de identificación electrónica para administraciones españolas. El certificado digital (FNMT o DNIe) es un fichero permanente instalado en el dispositivo — sirve para cualquier trámite. Cl@ve es usuario/contraseña + SMS — más fácil de configurar pero con cobertura más estrecha (la mayoría de trámites AEAT, Seguridad Social e INSS funcionan). La mayoría de operadores tiene ambos.
¿Cómo me notifica la AEAT los procedimientos tributarios?
Por defecto, electrónicamente vía DEH (Dirección Electrónica Habilitada) si dispones de certificado digital o Cl@ve, o por correo certificado a tu domicilio fiscal registrado. Una vez optas por notificación electrónica (u obligatoria por categoría del contribuyente) tienes 10 días naturales para leer la notificación antes de que se rechace automáticamente y se entienda entregada. Una notificación no leída puede activar sanciones automáticas.