Asesor fiscal colegiado · Costa Blanca · Comunidad Valenciana · Murcia

Tus impuestos en España, resueltos online y a precio fijo

Modelo 210, NIE, herencias y compraventa para propietarios no residentes y expats. Ves el precio sin registrarte, firmas online y recibes el justificante de la AEAT en tu idioma.

  • Asesor fiscal colegiado

  • 20+ años con propietarios extranjeros

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Modelo 210 · renta imputada

Tienes una vivienda en España y no la alquilas. La declaramos cada año por ti.

119 € + IVA/ propiedad / titular / año

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Lo más contratado · plan anual

Pack no residente: tu año fiscal resuelto

Un solo pago al año y te olvidas: representante fiscal ante la AEAT, tu modelo 210 presentado y aviso inmediato de cualquier notificación que recibamos en tu nombre.

  • Representante fiscal anual ante la AEAT, que recibe tus notificaciones: obligatorio en algunos casos si resides fuera de la UE o el EEE (art. 10 TRLIRNR) y recomendable en el resto
  • Modelo 210 de renta imputada presentado y justificante oficial
  • Aviso por email de cada notificación de Hacienda
  • 99 € + IVA por inmueble adicional

229 € + IVA

/ titular / año · 1 inmueble incluido

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¿Aún sin NIE? Pack Propietario No-Residente: NIE + certificado de residencia fiscal + pack anual, 379 € + IVA el primer año.

Quién responde

Valery Grinkevich lleva tu expediente de principio a fin

Valery Grinkevich

«Cada expediente lo reviso yo. Si la AEAT pregunta, respondo yo.»

Economista colegiado · asesor fiscal · Torrevieja (Alicante) · atiende en español, inglés y ruso
  • 20+

    años con propietarios extranjeros en la Costa Blanca

  • 100 % online

    servicio digital integral, sin papeleo

  • Precio fijo

    publicado antes de contratar, sin sorpresas

  • Mismo día

    respuesta en horario laboral, de lunes a viernes

Cómo funciona

  1. 1

    Cuéntanos tu situación

    Elige un servicio o hablamos primero. Cada calculadora funciona sin cuenta para que veas el precio antes de nada.

  2. 2

    Presentamos en AEAT

    Cuando firmes el mandato, pagues y nos pases la documentación necesaria, redactamos el modelo, lo presentamos digital y te enviamos el justificante AEAT.

  3. 3

    Listo

    Llevamos los plazos del año siguiente y te avisamos con antelación por email + Telegram.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 210?

La renta imputada de 2025 se presenta en cualquier momento de 2026 y, desde la devengada en 2026, del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente. El alquiler con cuota a ingresar devengado desde 2026 se presenta del 1 al 20 de abril del año siguiente (si declaras 2026 por trimestres, los tres primeros siguen en abril, julio y octubre de 2026) y, si domicilias el pago, el plazo cierra antes: el 23 de diciembre para la imputada y el 15 de abril para el alquiler. Llevamos el calendario por ti.

¿Necesito un representante fiscal?

Solo en algunos casos. Si resides fuera de la UE y de los países del EEE con asistencia mutua, el art. 10 del TRLIRNR lo exige cuando operas con establecimiento permanente o realizas actividades económicas en España sin él, cuando la AEAT te lo requiere por la cuantía y características de la renta o por tener un inmueble en España, o cuando resides en un país sin intercambio efectivo de información tributaria y tienes bienes en España. En el resto de casos es recomendable, porque el representante recibe las notificaciones de Hacienda y no se pierde ninguna.

¿Puedo hacerlo todo online?

Sí. Mandato con firma digital, documentos subidos a tu panel, presentación electrónica en la AEAT y justificante descargable. No necesitamos vernos en persona salvo que tú lo pidas.

¿Qué incluye el precio?

Cálculo, revisión de documentos, presentación, justificante oficial y soporte por email y Telegram durante un año sobre esa presentación. Sin partidas ocultas.

¿Qué pasa si no he presentado el modelo 210 en años anteriores?

Se puede regularizar. Si lo presentas antes de que Hacienda te lo pida y te salía a pagar, no hay sanción: solo un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso y, pasados 12 meses, del 15 % más intereses de demora (art. 27 LGT); si no salía nada a pagar, no hay recargo, pero sí una multa fija de 100 euros (art. 198.2 LGT). Presentamos los ejercicios atrasados en un solo encargo.

¿Necesito NIE para presentar el modelo 210?

Sí. La AEAT identifica a los no residentes por el NIE. Si todavía no lo tienes, lo tramitamos primero; suele tardar de 2 a 4 semanas.

¿Dudas sobre tu caso? Cuéntamelo

Respondo el mismo día en horario laboral en tu idioma. Sin compromiso.