Plusvalía municipal · método objetivo o real

Calcula la plusvalía de tu venta inmediatamente. La STC 182/2021 declaró inconstitucional el método antiguo: ahora puedes elegir el que dé menos cuota entre objetivo y real.

  • · Asesor fiscal colegiado
  • · STC 182/2021 + RDL 26/2021 aplicados
  • · Presentación municipal incluida

Plazos y recargos

El retraso es caro. Estas son las consecuencias si no presentamos a tiempo:

  • 30 días

    Plazo de autoliquidación. A partir del día 31, recargo Ley 11/2021 + intereses.

  • + 1 % por mes

    Recargo presentación extemporánea (art. 27 LGT) · primer año.

  • + 15 % + intereses

    A partir del año · o antes si Hacienda municipal te requiere.

Precio

Plusvalía · transacción única

Cálculo + presentación municipal

199 €/ transacción

  • · Cálculo de los dos métodos · aplicamos el más bajo
  • · Presentación al ayuntamiento incluida
  • · Coordinación con notaría y modelo 600 ITP
  • · Asesor fiscal colegiado disponible por chat
Empezar

Preguntas frecuentes plusvalía

¿Tengo que pagar plusvalía si vendo con pérdida?
No. Tras la STC 182/2021 y el RDL 26/2021, si demuestras que el precio de venta es igual o inferior al de compra, no hay base imponible y la cuota es 0 €. Aportamos las escrituras como prueba en el modelo.
¿Diferencia entre método objetivo y método real?
El método objetivo aplica un coeficiente anual sobre el valor catastral del suelo. El método real grava la ganancia efectiva (precio venta − precio compra), proporcional al suelo. La ley te permite elegir el menor — calculamos los dos.
¿En cuánto tiempo se paga la plusvalía municipal?
30 días hábiles desde la firma de la escritura para autoliquidación (la mayoría de municipios). Algunos ayuntamientos liquidan ellos en 6 meses. Comprobamos la modalidad de tu municipio.
¿Quién paga la plusvalía: comprador o vendedor?
El vendedor (transmisión onerosa). En herencia o donación paga el adquirente. Para no residentes vendedores coordinamos con la retención del 3 % del comprador (modelo 211).
¿Aplica la plusvalía a herencias?
Sí. Las transmisiones lucrativas (herencia, donación) generan plusvalía aunque la ISD también aplique. Plazo: 6 meses desde la defunción para herencias (prorrogable). Lo coordinamos con el modelo 650.