NIE comunitario · tu número antes de la escritura

Ciudadano de la UE, el EEE o Suiza: necesitas el NIE para comprar, heredar, abrir cuenta o pagar impuestos. Formulario, tasa y cita, sin errores.

  • · Economista colegiado · 20+ años
  • · Tasa oficial incluida
  • · Todo online · en tu idioma

Sí. Todo ciudadano de la UE, el EEE o Suiza necesita el NIE para comprar o heredar un inmueble, abrir cuenta o presentar el modelo 210, aunque no resida en España. Se solicita con el formulario EX-15 y la tasa 790-012, con cita previa en España, en el consulado o mediante representante con poder. No caduca ni exige empadronamiento.

NIE comunitario · trámite completo

Formulario, tasa y cita previa para ciudadanos de la UE, el EEE y Suiza

125 € + IVA/ trámite

  • Formulario EX-15 revisado (EX-18 si vas a residir más de tres meses)
  • Tasa oficial pagada e incluida (modelo 790-012 o tasa 4.6) y justificante remitido en plazo
  • Cita previa en la Oficina de Extranjería o comisaría de tu provincia
  • Pasaporte y documento del motivo revisados antes de la cita
  • Certificado NIE en tu área de cliente
  • TIE y autorizaciones de residencia
  • Empadronamiento
  • Visados
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¿Cuál necesito?

Tres situaciones, tres caminos. Busca tu columna.

Servicio, formulario, tasa, dónde se pide y motivo, según nacionalidad y situación
Tu situaciónUE/EEE/Suiza · sin residirNo vas a residir: compra, herencia, cuenta o impuestosUE/EEE/Suiza · residiendo +3 mesesVas a residir más de tres mesesResto de nacionalidadesReino Unido incluido
ServicioEsta páginaEsta páginaNIE no comunitario
FormularioEX-15EX-18 · certificado de registro (lleva el NIE incorporado)EX-15
Tasa9,84 € · modelo 790-012 · incluida12,00 € · tasa 4.6 · incluida9,84 € · modelo 790-012
Dónde se pideOficina de Extranjería o comisaría, con cita · consulado · representante con poderOficina de Extranjería o comisaría, en persona, dentro de los tres meses siguientes a tu entradaOficina de Extranjería o comisaría, con cita · consulado · representante con poder
¿Justificar el motivo?Sí: arras, oferta de compra, carta de la notaría o documentación de la herenciaSí, pero distinto: trabajo, recursos suficientes con seguro de enfermedad, o matrícula de estudiosSí, con documento verificable: es lo que más retrasa las solicitudes

El número no caduca y la norma no exige empadronamiento (art. 205 del RD 1155/2024). Cada comprador o heredero necesita el suyo.

Cómo funciona

  1. Nos cuentas tu caso

    Tres minutos: pasaporte o documento de identidad de la UE, dónde estás y para qué necesitas el NIE (arras, herencia, cuenta, impuestos).

  2. Preparamos formulario, tasa y cita

    Rellenamos el EX-15, pagamos la tasa y pedimos la cita en tu provincia. Desde fuera de España, te indicamos la vía consular o el poder notarial.

  3. Acudes a la cita con los originales

    Lista exacta: pasaporte original y copia, justificante de la tasa y documento del motivo. Nada que te obligue a volver.

  4. Recibes tu certificado NIE

    Lo guardamos en tu área de cliente y te decimos si te toca el alta censal con el modelo 030: solo si nunca has constado en el censo de Hacienda o cambias de domicilio fiscal.

Preguntas frecuentes

Soy ciudadano de la UE y no voy a vivir en España. ¿Necesito el NIE?

Sí.

Sin el NIE de cada comprador el Registro de la Propiedad no inscribe la escritura (art. 254.2 de la Ley Hipotecaria). Para los impuestos, quien aún no tiene NIE puede presentar el modelo 210 con un NIF provisional que empieza por M (art. 20.2 del RD 1065/2007), pero sigue obligado a obtener el NIE y a comunicarlo en dos meses.

¿EX-15 o EX-18?

EX-15 si no vas a residir; EX-18 solo si te instalas más de tres meses.

El EX-18 es el certificado de registro de ciudadano de la Unión y ya lleva el NIE dentro. Preparamos el que te corresponde.

¿Cuánto tarda?

La ley da cinco días desde que la solicitud entra en el registro; lo lento es la cita.

Muchas oficinas entregan el certificado el mismo día. La disponibilidad cambia por oficina y semana: no prometemos fecha, pedimos la cita nosotros y comprobamos varias oficinas.

¿Tengo que viajar a España?

No necesariamente.

Vale el consulado español de tu país o un representante con poder notarial expreso para pedir el NIE, apostillado si se otorga fuera de España. Te decimos qué vía encaja.

Somos dos compradores. ¿Un NIE o dos?

Dos.

Cada comprador o heredero necesita el suyo, también el cónyuge que no vaya a residir. Un trámite por persona.

¿Necesito estar empadronado?

No.

La norma no exige empadronamiento: basta acreditar el interés económico, profesional o social, por ejemplo con las arras o la herencia.

¿Me cobráis el IVA?

Sí, el 21 % sobre el precio del servicio.

El precio de la tarjeta es sin IVA; en el pago se añade el 21 % a todos los clientes, residan o no en España. La tasa oficial ya va incluida.

¿Y si me equivoco de servicio o quiero cancelar?

Te cambiamos al servicio correcto; reembolso íntegro mientras no hayamos empezado.

Si no eres ciudadano de la UE, el EEE o Suiza, lo tramitamos como NIE no comunitario. Reembolso íntegro mientras no hayamos empezado. Si ya hemos empezado y desistes dentro de los 14 días, se descuenta la parte proporcional del servicio ya prestado (art. 103.a y 108.3 TRLGDCU); una vez ejecutado por completo, ya no cabe desistimiento.

Quién responde de este trámite

Valery Grinkevich

Valery Grinkevich

Economista colegiado · asesor fiscal

20+ años de experiencia · Torrevieja, Costa Blanca

  • Un economista colegiado revisa tu expediente antes de la cita, no un formulario automático
  • Te contestamos por email o Telegram, en tu idioma
  • Certificado NIE y justificante de la tasa en tu área de cliente

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Envíanos tu pasaporte y el motivo; nosotros hacemos el resto: formulario, tasa y cita.

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