Tu declaración de la renta de autónomo, preparada y presentada por un asesor
Preparamos tu modelo 100 a partir de tus libros, restamos lo que ya pagaste con el 130 y las retenciones, lo revisas con nosotros y lo presentamos en tu nombre.
- · Un asesor revisa cada declaración, no un programa automático
- · Presentación ante la AEAT en tu nombre
- · Todo online; por escrito, en tu idioma
Sí. Si en algún momento del año estuviste de alta en el RETA como autónomo, tienes que presentar la declaración del IRPF (modelo 100) aunque hayas ganado poco: la ley no fija un mínimo. Se presenta en la campaña de primavera del año siguiente y en ella se restan tus pagos del modelo 130 y las retenciones de tus facturas.
Declaración anual del IRPF del autónomo
Preparación, revisión contigo y presentación del modelo 100
99 € + IVA/ declaración y ejercicio
Precio por declaración y ejercicio. Si en tu casa hay más de una declaración, cada una se contrata aparte.
- Revisión de los datos fiscales que tiene la AEAT y cotejo con tus libros
- Cálculo del rendimiento neto de tu actividad a partir de tus libros de ingresos y gastos
- Resta de los pagos fraccionados del modelo 130 y de las retenciones que te practicaron tus clientes
- Las demás rentas del año que figuran en tus datos fiscales, como una nómina, intereses o dividendos
- Reducciones y deducciones estatales y autonómicas que te correspondan, con su justificante
- Comparación entre declaración individual y conjunta si formas parte de una unidad familiar
- Presentación del modelo 100 ante la AEAT en tu nombre, con tu autorización
- Justificante de presentación y resumen por escrito del resultado: a pagar o a devolver
- La contabilidad y los modelos trimestrales del año: son la gestión mensual del autónomo
- La declaración de otro miembro de la familia: cada declaración se contrata aparte
- Declaraciones de ejercicios anteriores, complementarias y respuesta a requerimientos de la AEAT: presupuesto aparte
- Declaración informativa de bienes en el extranjero (modelo 720)
Qué necesitamos de ti
Con estos documentos preparamos tu declaración. Si llevamos tu gestión mensual, la mayoría ya los tenemos.
Documentos para tu declaración
- Libros registro de ingresos y gastos de tu actividad del año
- Modelos 130 presentados en el año, salvo que no estés obligado a presentarlos
- Certificados de retenciones: de tu empresa si además trabajas por cuenta ajena, y de tu banco
- Datos personales y familiares: estado civil, hijos, ascendientes a tu cargo y discapacidad, si la hay
- Justificantes de las deducciones que quieras aplicar, como aportaciones a planes de pensiones o donativos
Fuentes oficiales
La norma y la información oficial en las que se basa esta página.
- Ley 35/2006 del IRPF: artículo 96 (obligación de declarar) y artículo 79 (cuota diferencial: resta de los pagos a cuenta) (se abre en una pestaña nueva)
- Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (libros registro y pagos fraccionados) (se abre en una pestaña nueva)
- Agencia Tributaria: campaña de la Renta (se abre en una pestaña nueva)
Cómo funciona
Contratas y nos autorizas
Pagas online y te pedimos la autorización para consultar tus datos fiscales y presentar en tu nombre ante la AEAT.
Subes tus documentos
Libros de ingresos y gastos, modelos 130 del año, certificados de retenciones y justificantes de tus deducciones, desde tu área de cliente. Si llevamos tu gestión mensual, ya tenemos casi todo.
Preparamos la declaración
Calculamos el rendimiento de tu actividad, lo cotejamos con tus datos fiscales y aplicamos las reducciones y deducciones que te correspondan.
La revisas antes de presentar
Te enviamos el resultado, a pagar o a devolver, con una explicación por escrito. No presentamos nada sin tu conformidad.
La presentamos y te damos el justificante
La presentamos ante la AEAT dentro de la campaña y dejamos el justificante en tu área de cliente.
Para el resto del año
Gestión autónomo mensual
Contabilidad, modelos 303 y 130 cada trimestre y resúmenes anuales: llegas a la renta con los libros al día y sin perseguir papeles.
desde 59 € + IVA / mes
Alta de autónomo
Si aún no estás de alta, te damos de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
99 € + IVA / trámite
Contestar un requerimiento de la AEAT (no residentes)
Si la AEAT te pide explicaciones sobre una declaración ya presentada.
149 € + IVA / carta
Preguntas frecuentes
Soy autónomo y he ganado poco. ¿Tengo que presentar la renta?
Sí, si estuviste de alta en el RETA en algún momento del año.
La Ley del IRPF exime de declarar a quien no supera ciertos límites de ingresos, pero añade que están obligados en cualquier caso quienes hayan estado de alta como trabajadores por cuenta propia en el RETA en cualquier momento del periodo impositivo. Da igual que la actividad haya durado un mes o que el resultado sea negativo.
¿Cuándo se presenta?
En la campaña de la renta, en primavera del año siguiente.
La AEAT fija cada año las fechas de la campaña. La renta de 2025 se presentó del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Cuando contratas, te decimos qué documentos necesitamos y con qué margen para presentar dentro de plazo.
¿Qué pasa con lo que ya pagué en los modelos 130?
Se resta en la declaración anual.
Los pagos fraccionados del modelo 130 y las retenciones que te practicaron tus clientes en las facturas son pagos a cuenta del impuesto. En la declaración anual se calcula el impuesto del año entero y se le restan; según el resultado, la declaración sale a pagar o a devolver.
¿La renta está incluida en la gestión mensual del autónomo?
No: es un servicio aparte, que se contrata una vez al año.
La gestión mensual cubre la contabilidad, los modelos trimestrales y los resúmenes anuales. La declaración del IRPF se contrata aparte. Si llevamos tu gestión mensual, ya tenemos tus libros y tus modelos 130, y solo te pedimos lo que falte.
¿Qué documentos necesitáis?
Tus libros, tus modelos 130 y los justificantes de lo que quieras deducir.
Los libros registro de ingresos y gastos del año, los modelos 130 presentados, los certificados de retenciones (de tu empresa si además trabajas por cuenta ajena, y de tu banco), tus datos personales y familiares (estado civil, hijos, ascendientes a tu cargo, discapacidad) y los justificantes de las deducciones, como aportaciones a planes de pensiones o donativos.
¿Podemos hacer la declaración conjunta?
Si formáis una unidad familiar, comparamos las dos opciones.
La ley permite a los miembros de una unidad familiar optar cada año por tributar conjuntamente, y la opción no vincula para los años siguientes. Calculamos la declaración individual y la conjunta y te recomendamos la que sale mejor. Si sale mejor la individual, cada declaración se contrata aparte.
¿Y si la declaración sale a pagar?
Te decimos el importe y cómo pagarlo antes de presentar.
Antes de presentar te enviamos el resultado y las formas de pago que ofrece la AEAT. El ingreso lo haces tú: nosotros no adelantamos ni custodiamos el importe.
Vivo en España pero soy extranjero. ¿Me sirve este servicio?
Sí, si eres residente fiscal en España.
El modelo 100 lo presentan los residentes fiscales en España, sea cual sea su nacionalidad. Si no eres residente, tus rentas españolas van por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que es otro servicio. Te atendemos por escrito en español, inglés o ruso.
Quién responde de este servicio

Valery Grinkevich
Economista colegiado · asesor fiscal
20+ años de experiencia · Torrevieja, Costa Blanca
- Un asesor revisa cada declaración antes de presentarla
- No presentamos nada sin tu conformidad
- Justificante y resumen por escrito en tu área de cliente
Llega a la campaña de la renta con todo preparado
Contrata tu declaración, sube tus documentos y nosotros la preparamos, te la explicamos y la presentamos en tu nombre.