NIE no comunitario · EX-15, cita y tasa incluidas
Eres de fuera de la UE y necesitas el NIE antes de la escritura, la cuenta o el primer impuesto. Preparamos EX-15, justificación del motivo, tasa y cita.
- · Economista colegiado · 20+ años
- · Tasa 790-012 y cita incluidas en la vía española
- · Todo online · en tu idioma
Si no eres ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza, pides el NIE con el formulario EX-15, la tasa 790-012 y un documento que acredite el motivo: arras, herencia o contrato. Se presenta con cita previa en la Oficina de Extranjería o comisaría de tu provincia, o en el consulado si estás fuera. Preparamos todo el expediente.
NIE no comunitario · trámite completo
EX-15, justificación, tasa 790-012 y cita previa en un solo encargo
189 € + IVA/ trámite
Un encargo por persona: cada comprador o heredero necesita su NIE.
- EX-15 cumplimentado y revisado antes de la cita
- Justificación del motivo redactada con tu documento
- Tasa 790-012 pagada e incluida en el precio (vía española)
- Cita previa en Extranjería o comisaría de tu provincia (vía española)
- Seguimiento hasta la resolución
- TIE, residencia o visados
- Empadronamiento: el NIE no lo exige
- Modelo 030 y representante fiscal: servicios aparte
- Vía consular: cada consulado fija su tasa en moneda local, se paga allí y no está incluida
¿Qué NIE necesito?
Depende de tu pasaporte y de si vas a residir en España. La fila destacada es la que tramitamos aquí.
Desliza la tabla para ver todas las columnas.
| Tu pasaporte | Servicio | Formulario | Tasa | Dónde se pide | ¿Justificar el motivo? |
|---|---|---|---|---|---|
| Tu casoFuera de la UE, el EEE y Suiza: Reino Unido, Rusia, EE. UU., Ucrania, Marruecos… | NIE no comunitario· esta página | EX-15 | 790-012 · 9,84 € | Extranjería o comisaría de tu provincia, con cita; consulado si estás fuera | Sí · la redactamos contigo |
| UE, EEE o Suiza, sin residir en España | NIE comunitario | EX-15 | 790-012 · 9,84 € | Extranjería, comisaría o consulado | Sí |
| UE, EEE o Suiza, vas a residir más de 3 meses | NIE comunitario | EX-18 · certificado de registro, con el NIE dentro | 12,00 € · tasa 4.6 | Extranjería o comisaría, en persona | Sí, pero distinto · trabajo, recursos con seguro, o estudios |
Lo que llevas a la cita
Lo preparamos todo; tú aportas el pasaporte y el documento del motivo.
- Pasaporte en vigor, original y copia
- EX-15 cumplimentado y firmado
- Justificante de pago de la tasa 790-012
- Documento que acredita el motivo
Resolución: cinco días desde que la solicitud entra en el registro (art. 205.4 RD 1155/2024); si vence sin respuesta, el silencio es desestimatorio. La espera de cita no cuenta. En la vía consular la tasa es la que fije cada consulado en moneda local y se paga allí.
Cómo funciona
Nos cuentas para qué lo necesitas
Formulario corto: pasaporte, dirección y el documento del motivo (arras, oferta, herencia o contrato).
Preparamos el expediente
EX-15 cumplimentado, justificación redactada y tasa 790-012 pagada. Lo revisas y firmas.
Pedimos tu cita previa
En Extranjería o comisaría habilitada de tu provincia. La cita es nominativa: te decimos qué llevar.
Presentas y seguimos la resolución
Acudes con el expediente cerrado. La Administración tiene cinco días desde el registro; te avisamos de cualquier requerimiento.
El paso siguiente
NIE · Asignación de domicilio fiscal (modelo 030)
Con el NIE en la mano: alta en Hacienda y domicilio fiscal para tu primer modelo 210.
29 € + IVA / trámite
Representante fiscal anual (no residentes)
Obligatorio solo en los supuestos del art. 10 TRLIRNR: si la AEAT lo exige o resides en un país sin intercambio efectivo de información. Fuera de la UE es recomendable igual: recibimos tus notificaciones.
149 € + IVA / año
NIE comunitario (UE/EEE/Suiza)
¿Pasaporte de la UE, el EEE o Suiza? Tu trámite es este: EX-15 o EX-18 según vayas a residir.
125 € + IVA / trámite
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el NIE sin estar empadronado ni tener residencia?
Sí.
Basta acreditar un interés económico, profesional o social (art. 205.1 RD 1155/2024). Solo queda excluido quien está en España en situación irregular.
¿Cuánto tarda?
La ley da cinco días desde que la solicitud entra en el registro.
La espera de cita no cuenta: es la fase más larga y varía por oficina. Muchas entregan el certificado el mismo día. Si el plazo vence sin respuesta, el silencio es desestimatorio: por eso seguimos el expediente. Si tu escritura tiene fecha, contrata cuanto antes.
¿Tengo que viajar a España?
Para la cita en comisaría sí; hay dos alternativas.
Si no puedes viajar, presentas el mismo expediente en el consulado español de tu país —cada consulado fija su tasa en moneda local, la cobra en la cita y tiene su propio canal de reserva—, o apoderas a alguien con poder notarial apostillado que le faculte expresamente para pedir el NIE. Dínoslo al contratar.
¿Qué documento vale para justificar el motivo?
Uno verificable: arras, oferta de compra, carta de la notaría, herencia, contrato de trabajo o admisión de estudios.
Una declaración genérica no sirve y no se subsana en el acto: hay que pedir cita otra vez. Por eso la redactamos con tu documento antes de la cita.
Soy británico. ¿Es esta mi página?
Sí, si no residías legalmente en España antes del 31-12-2020.
Desde el Brexit tramitas como extracomunitario, con el EX-15. Si eres beneficiario del Acuerdo de Retirada —residías legalmente en España antes de esa fecha—, ya tienes NIE y tu documento es la TIE del art. 18.4, no este trámite. Si te equivocas de servicio, lo vemos al revisar el pasaporte y lo cambiamos antes de pagar la tasa.
Somos dos compradores. ¿Necesitamos dos NIE?
Sí, uno por persona.
El Registro de la Propiedad no inscribe la escritura sin el NIF de todos los compradores, aunque uno no vaya a residir. Los menores también; firma su representante legal. Contrata un trámite por persona.
¿El precio lleva IVA? ¿Puedo cancelar?
IVA sí, a todos; y tienes 14 días naturales de desistimiento.
Lo ves desglosado antes de pagar. Si nos pides empezar de inmediato y desistes antes de que terminemos, abonas solo la parte ya prestada —tasa pagada y trámites hechos—; el derecho se pierde cuando el servicio está completamente ejecutado (art. 103.a TRLGDCU).
Quién responde de este servicio

Valery Grinkevich
Economista colegiado · asesor fiscal
20+ años de experiencia · Torrevieja, Costa Blanca
- Un economista colegiado revisa tu EX-15 y tu justificación
- Justificante de la tasa y expediente en tu área de cliente
- Respuesta en tu idioma por email o Telegram
Ten el NIE antes de la escritura
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